Debe estar integrado por el Decano, 11 Consejeros por el personal académico (seis profesores titulares o asociados, tres profesores adjuntos y dos docentes auxiliares), cuatro consejeros graduados, seis consejeros estudiantes y un consejero no docente.
La designación de los integrantes de los órganos colectivos de gobierno se produce a través de la elección democrática de cada uno de los claustros que lo integran.